Nuevo criterio de la AEPD sobre el uso de datos biométricos
28-12-2023
Recientemente, La Agencia de Protección de Datos (AEPD) ha desaconsejado la utilización de datos biométricos (la huella, el iris, el rostro o la palma de la mano, entre otros) para el fichaje y el control de acceso. El uso de este tipo de registros, aunque eficiente, ha suscitado debates sobre la vulnerabilidad y el riesgo de que este tipo de datos sean mal utilizados o robados.
La AEPD siguiendo la senda del Comité Europeo de Protección de Datos considera que el dato biométrico debe considerarse como dato de categoría especial y ha publicado un informe aclarando dudas en cuanto al uso de la biometría , en el que concluye que habrá que justificar la necesidad de un tratamiento adicional de datos cuando las mismas finalidades se han estado alcanzando y se pueden alcanzar con otro tipo de implementación del tratamiento de registro de jornada equivalente y menos intrusivos.
Puedes encontrar más información sobre esta cuestión en el blog de la empresa de Júndiz Vadillo Asesores.